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Los luchadores tendrán un año de carencia para adaptarse al límite de peso

La Asamblea General de la Lucha Canaria, que se celebró este sábado en Teguise, desestimó dar prioridad a las competiciones regionales y asignar una remuneración a los presidentes de las federaciones

Los cambios en el Reglamento, especialmente el control del peso de los luchadores, y las Reglas de la Lucha Canaria fueron las cuestiones que protagonizaron la Asamblea General Extraordinaria de la Lucha Canaria celebrada este sábado en  Teguise y que se prolongó durante todo el día. Entre los acuerdos más relevantes destaca la carencia de un año para que los luchadores cumplan con los límites de pesos establecidos en la pasada Asamblea.

 

La Asamblea General Extraordinaria rechazó la propuesta de la Federación de Lucha Canaria que planteaba dar prioridad a las competiciones regionales sobre cualquier otra competición. Esta propuesta, que modificaba el artículo 6 de los Estatutos de la Lucha Canaria, obtuvo 40 votos a  favor, 15 en contra y una abstención, pero su aprobación requería de 44 votos a favor, por lo que no salió adelante.

También fue rechazada por la Asamblea la propuesta de la Federación de Lucha Canaria para añadir al artículo 12 de los Estatutos un apartado por el que se contemplaba la posibilidad de que los presidente de las federaciones, tanto regional como insulares, pudieran ser remunerados, así como que los miembros de las juntas de gobierno percibieran dietas. Esta propuesta recibió 20 votos a favor, 31 en contra y 4 abstenciones.

Cambios en el Reglamento

Respecto a los cambios en el Reglamento de la Lucha Canaria, la propuesta para la correcta ubicación de la tabla de pesos límites de los luchadores, que fue la más debatida, salió adelante con 53 votos a favor, y tres abstenciones. 

Se aprobó por 50 votos a favor y dos abstenciones la propuesta de la Federación de Tenerife para modificar el artículo 7 sobre el sistema de tres las dos mejores, al que se le añade un nuevo apartado: “Artículo 7.1.6 Cuando un luchador es expulsado del terrero sin haber salido a brega, estar retirado, al haber derribado a un número par de luchadores y no encontrarse en silla en el momento de la expulsión, se subirá el punto cuando el marcador en contra de su equipo señale siete”.

La Asamblea respaldó con 50 votos a favor y dos abstenciones la propuesta de esta misma Federación por la que se añade un nuevo apartado al artículo 8 del Sistema de lucha corrida. Concretamente el 8.2.5: “Cuando un luchador es expulsado del terrero sin haber salido a brega, estar retirado, al haber derribado a un número impar de luchadores y no encontrarse en silla en el momento de la expulsión, se subirá el punto cuando el marcador en contra de su equipo señale dos tercios de la lucha en contra”.

También se aprobó por 40 votos a favor, 6 en contra y dos abstenciones el cambio del artículo 10 del Reglamento arbitral propuesto por la Federación de Lucha Canaria. Este artículo queda con la siguiente redacción: “Al comenzar cada mandato federativo, el Presidente del Comité de Árbitros, que no requerirá ser vocal de la Federación, será nombrado por la Junta de Gobierno a propuesta del Presidente de la Federación respectiva. El Presidente del Comité nombrará su Junta de Gobierno de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de este Reglamento. El cargo de dirigente del comité es incompatible con el ejercicio activo de la función arbitral”. 

Asimismo, se modificó, también a propuesta de la Federación de Lucha Canaria, el artículo 10 del Reglamento de la Organización de los Entrenadores. Este cambió salió adelante por 41 votos a favor, 4 en contra y dos abstenciones. Finalmente, el artículo queda así: “Al comenzar cada mandato federativo, el Presidente del Comité de Entrenadores, que no requerirá ser vocal de la Federación, será nombrado por la Junta de Gobierno a propuesta del Presidente de la Federación respectiva. El Presidente del Comité nombrará su Junta de Gobierno de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de este Reglamento. El cargo de dirigente del comité es incompatible con el ejercicio activo de entrenador”.

Respecto al Reglamento Disciplinario, 45 votos a favor y cinco abstenciones respaldaron la propuesta de la Federación Insular de Tenerife por la que se modifica el artículo 24, cuya redacción definitiva quedaría así: “La suspensión por un determinado número de luchadas implica la prohibición de alinearse o actuar en tantas luchadas oficiales como abarque la sanción. El cumplimiento de la sanción se realizará, en todo caso, en la misma competición que se trate o en una diferente indistintamente y por el orden establecido en el calendario oficial”.

Plan de Actuación

Ya de madrugada, se abordó el orden del día de la Asamblea Ordinaria y se aprobó el plan de actuación y presupuesto para la temporada 2014-2015, así como la memoria de la temporada 2013-2014. De acuerdo con el Calendario establecido, la Liga Femenina comenzará el 24 de enero, la de Segunda Categoría, el 14 de febrero y el Torneo Pancho Camurria se disputará entre los días 17 y 19 de abril. El 25 de este mismo mes la Junta de Gobierno designará los premios del Día de Canarias y el 26 se iniciará la Liga de Categoría Juvenil. Los días 8, 9 y 10 de mayo se celebrará el Torneo Alfredo Martín, el 29 se reúne el Comité de Clasificación y el día 30 tendrá lugar la Luchada Institucional del Día de Canarias. La Liga de Tercera Categoría comenzará el 7 de junio y el Campeonato de Canarias de Equipos Cadetes los días 12, 13 y 14 de este mismo mes. El día 13 se vuelve a reunión el Comité de Clasificación para elaborar el listado definitivo de la clasificación de luchadores. Finalmente, en julio se celebrará el Campeonato Absoluto de Lucha Canaria, que aún no tiene fecha exacta y la Copa Femenina, prevista para el día 17.

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