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Abierta la convocatoria de subvenciones a proyectos empresariales del programa 'Emprende Lanzarote'

Los interesados disponen de 60 días hábiles para presentar sus proyectos en el Registro general del Cabildo, así como la documentación requerida en las bases reguladoras de estas ayudas

 Desde ayer, 13 de noviembre, y una vez publicado su anuncio en el Boletín Oficial de la provincia de Las Palmas (BOP), está abierta la convocatoria de subvenciones a proyectos empresariales del Plan Emprende Lanzarote, una de las iniciativas incluidas en el Plan de Empleo del Cabildo para este ejercicio 2013. Los interesados dispondrán de 60 días hábiles para presentar sus proyectos y la documentación requerida tal como se estipula en las bases reguladoras de estas subvenciones, en el Registro general del Cabildo.

El Programa Emprende Lanzarote cuenta con una dotación económica de 59.000 euros, que se han destinado a subvencionar el desarrollo de 20 proyectos empresariales recientes o de nueva puesta en funcionamiento. Cada uno de los proyectos beneficiarios percibirá una subvención de 2.950 euros mediante pago anticipado. Los proyectos se seleccionarán, una vez concluya el citado plazo.

 Al tratarse de un mecanismo de ayuda, se priorizará a colectivos desfavorecidos (jóvenes, discapacitados, desempleados…). También tendrán esta consideración los proyectos más innovadores y aquellos que estén enmarcados en sectores de los denominados estratégicos para la isla como el medio ambiente, las energías renovables, las nuevas tecnologías y el sector primario. Otro criterio significativo será la capacidad de generar empleo que tengan los proyectos solicitantes.

 Tras el pertinente periodo de exposición pública para que los interesados que lo estimen puedan presentar alegaciones y, una vez aprobadas definitivamente, dispondrán de 60 días hábiles para presentar sus solicitudes, acompañadas de la documentación requerida en las citadas bases. Un equipo técnico estudiará y valorará las solicitudes para garantizar la necesaria concurrencia competitiva que guiará dicha convocatoria de subvenciones.

 Estas ayudas serán compatibles con subvenciones de otros tipos u orígenes y la misma finalidad, aunque su importe, aislada o sumada a otras, no podrá superar el coste de la actividad a subvencionar. El beneficiario deberá notificar su existencia y cuantía en cuanto la conozca y antes de justificarla. Las bases aprobadas inicialmente contemplan asimismo una serie de limitaciones y exclusiones, así como una serie de requisitos que ha de cumplir y obligaciones que ha de asumir el solicitante.

 Por ejemplo, contempla como gastos subvencionables los propios del establecimiento y funcionamiento de la actividad empresarial: pago de salarios, Seguridad Social, alquiler del local, aprovisionamiento de mercancía, seguro de autónomo, etcétera. Quedan limitadas las ayudas al consumo de agua, luz, teléfono, e Internet (con un máximo de 75 euros al mes por cada uno); el alquiler del local (con un máximo de 600 euros mensuales); y servicios profesionales a terceros (con un máximo de 300 euros al mes). Quedan excluidos conceptos como: actos promocionales, publicidad, comidas, fiestas, viajes, parking, combustible, pago de multas, impuestos, tasas o tributos.

Los solicitantes deberán tener domicilio particular, social o sede en Lanzarote durante los 24 meses anteriores a la concurrencia en esta convocatoria de ayudas, e iniciar su actividad empresarial por cuenta propia entre el 31 de marzo y el 31 de diciembre de 2013, (demostrable mediante la fecha de alta en la Seguridad Social o la mutualidad del colegio profesional correspondiente), así como mantenerla durante al menos nueve meses, desde el abono de esta subvención. Asimismo, su proyecto ha de ser empresarial, técnica, económica y financieramente viable.

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