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El Ayuntamiento de Yaiza legaliza el Hotel Natura Palace de Playa Blanca al concederle la licencia urbanística

"Por ajustarse la edificación a los parámetros establecidos en el Plan General de Yaiza, previo cumplimiento de la normativa sectorial turística de aplicación"

El Ayuntamiento de Yaiza ha notificado a la propiedad del Hotel Natura Palace de Playa Blanca la resolución de Junta de Gobierno por la que se le concede licencia urbanística a dicha edificación tras haber examinado su proyecto de legalización considerando la normativa del Plan General de Ordenación Supletorio del municipio y las autorizaciones turísticas otorgadas por el Cabildo de Lanzarote.

El Ayuntamiento informa favorablemente la legalización y concesión de licencia urbanística de hotel de cuatro estrellas en la parcela AB4 del área de suelo urbano no consolidado de Montaña Roja a instancia de Yaiza Beach S.A, "por ajustarse la edificación a los parámetros establecidos en el Plan General de Yaiza, previo cumplimiento de la normativa sectorial turística de aplicación".

El establecimiento hotelero cuenta con autorización turística por Resolución nº32 de 20 de febrero de 2002, contando con una categoría de 4 estrellas con capacidad para 269 unidades alojativas, y 466 plazas turísticas.

La Administración procede a declarar legalizada la edificación consistente en hotel denominado Natura Palace, y conforme con el planeamiento vigente. Previo al acuerdo de la Junta de Gobierno, el Ayuntamiento requirió al promotor para que procediera al abono de una tasa de 298.331,893 euros  por la tramitación del expediente de legalización.

"El incremento de edificabilidad estará sujeto, en concepto de recuperación de plusvalías y con carácter previo o simultaneo a la preceptiva licencia urbanística, al abono al Ayuntamiento de Yaiza del 15% del aprovechamiento urbanístico derivado del incremento de edificabilidad aplicable a la parcela que se trate", según comunica el Ayuntamiento.

Los establecimientos  de cuatro o más estrellas podrán incrementar la superficie edificable en un 20 por ciento siempre que dicho incremento esté destinado a zonas comunes sin que en ningún caso se puedan aumentar el número de plazas establecidas.  El incremento se constata  en zonas comunes y no en superficie en zona alojativa. La propiedad, además de la tasa por tramitación del expediente, abonó por el incremento de edificabilidad de la parcela en aplicación de los incentivos para zonas comunes un importe de 47.964,37 euros en concepto de recuperación de plusvalías.

En cuanto a las obras de urbanización, dadas las consideraciones consignadas en el informe técnico municipal se entiende cumplida la obligación de ejecución de obras de urbanización previas a la concesión de la licencia. El informe de los servicios técnicos municipales concluye que las edificaciones definidas en la documentación aportada "se ajustan a lo permitido por el Plan General".

El Ayuntamiento de Yaiza recuerda que informa "oportunamente a los Tribunales de Justicia sobre los expedientes de establecimientos alojativos con licencias anuladas" y que la Institución está obligada a ejecutar la sentencia, requiriendo al interesado que solicite la legalización de la edificación si no la hubiera instado.

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