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La Cotmac aprueba definitivamente y de forma parcial el Plan Especial de La Geria

También informa de manera favorable la suspensión de la ordenación urbanística en un sector de San Bartolomé a fin de impulsar la viabilidad de un colegio de educación infantil y primaria en la zona

 El consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, presidió hoy una sesión de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac), en la que se aprobó definitivamente y de forma parcial el Plan Especial del Paisaje Protegido de La Geria, suspendiendo la aprobación definitiva de determinaciones y áreas que, por considerarse modificaciones sustanciales, deben someterse a nuevo trámite de información pública. Igualmente, la Comisión aprobó la Memoria Ambiental del citado Plan Especial del Paisaje Protegido en los términos en que fue propuesta.

En la reunión de hoy, también se excluyó del procedimiento de Evaluación Ambiental la Modificación Puntual del Plan Parcial Polígono Este-Altavista II, en Arrecife, con destino residencial, al tratarse de una modificación de índole menor.

 También respecto a los acuerdos de Lanzarote, la Comisión informó de manera favorable la suspensión de la ordenación urbanística en el sector "El Quintero" de las Normas Subsidiarias de San Bartolomé de Lanzarote, con el objeto de viabilizar la ejecución del proyecto para la implantación del Colegio de Educación Infantil y Primaria en el citado municipio.

 No procede revisión del sector 7 de Arrecife

 La Comisión informó el expediente denominado "Revisión Parcial del Plan General de Ordenación (PGO), Sector 7 Industrial Naos", en el término municipal de Arrecife, en el sentido de considerar que, a la vista de las contradicciones detectadas en el documento de Adaptación Básica del Plan General de Ordenación del municipio de Arrecife en aspectos como los distintos criterios empleados para delimitar la edificabilidad de la zona afectada, no procede la Revisión Parcial, sino la Revisión del Plan General.

 Debido a que en la actualidad se está tramitando la Adaptación Plena del Plan General de Ordenación (PGO) y con dicho expediente se tendría que modificar la clasificación de suelo de los sistemas generales, así como alterar el aprovechamiento medio de los urbanizables, se propone, para no contravenir lo establecido por el equipo redactor de la Adaptación Plena del PGO y por economía procesal, introducir en el documento de Adaptación Plena determinadas modificaciones propuestas relativas al Sector 7, en orden a subsanar errores detectados que imposibilitan el desarrollo del citado sector.

 Modificación Puntual del PP Polígono Este Altavista II

 La Cotmac excluyó del Procedimiento de Evaluación Ambiental la Modificación Puntual del Plan Parcial Polígono Este-Altavista II, en el término municipal de Arrecife, con destino residencial, al tratarse de una modificación de índole menor, encuadrable dentro del artículo 24 del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias.

 No obstante, informa el expediente de manera condicionada, estableciendo determinadas consideraciones como, entre otras, el deber de completar la redacción de los usos que se permiten con la modificación propuesta, conforme con lo establecido en el artículo 15 del Plan Parcial, si bien, en el supuesto de querer implementar un uso nuevo relacionado con la industria de comercialización, deberá procederse a la modificación del Plan General.

 La Cotmac también considera, entre otras cuestiones, que la modificación pretendida, desde el punto de vista urbanístico, se debe de plantear como modificación del planeamiento general, en relación con lo establecido por el PGO Adaptación Básica para este suelo.

 La finalidad de esta modificación puntual de ordenanza es flexibilizar la distribución de los usos permitidos dentro del sector para facilitar la implantación de la mayor cantidad posible de actividades que reclamen condiciones de accesibilidad, aparcamiento y superficie. No se trata, por tanto, de introducir nuevos usos ni cambiar los ya permitidos sino que los ya permitidos se puedan implantar con mayor libertad dentro del sector, sin estar sujetos a una ubicación concreta de parcela como están en la actualidad.

 Esta modificación se justifica ya que la actividad productiva del municipio de Arrecife está principalmente dirigida a la actividad de almacenamiento y logística, pero también existe la necesidad de crear espacios para la implantación de una industria de escaparate y comercialización que necesita de grandes zonas de aparcamiento y fácil accesibilidad.

 El instrumento de planeamiento general para el ámbito en cuestión contempla el suelo afectado como suelo urbanizable sectorizado ordenado SUSO Altavista II Este, cuya gestión se establece mediante un sistema de ejecución privada. Este sector, que cuenta con una superficie de 155.438 meros cuadrados, es de uso industrial, destinándose 44.018,08 metros cuadrados a dotaciones y equipamientos.

 Suspensión de la ordenación urbanística en el sector de "El Quintero" en San Bartolomé

 La Cotmac informó de manera favorable la suspensión de la ordenación urbanística en el sector "El Quintero" de las Normas Subsidiarias de San Bartolomé de Lanzarote, con el objeto de viabilizar la ejecución del proyecto para la implantación del Colegio de Educación Infantil y Primaria en el citado municipio, e informó de manera también favorable sobre las Normas Sustantivas de Ordenación aplicables transitoriamente en sustitución de las suspendidas, teniendo en cuenta que concurren en el expediente las circunstancias excepcionales acreditadas en una orden de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias, por la que se insta la suspensión de la ordenación referida dado el crecimiento poblacional y la imposibilidad de ejecución de ampliaciones en los centros existentes.

 La Cotmac considera que con la ordenación vigente no sería factible la implantación de un colegio de Educación Infantil y Primaria en el municipio. El ámbito a suspender es de 25.989,32 metros cuadrados de suelo de las Normas Subsidiarias de San Bartolomé de Lanzarote, correspondiendo a 20.353,81 metros cuadrados al Sector de Suelo Apto para Urbanizar número 2 "El Quintero", actualmente sin Plan Parcial aprobado, y a una superficie de suelo urbano de 5.637,51 metros cuadrados de viario. El Sector de Suelo Apto para Urbanizar número 2 "El Quintero" tiene una superficie de 51.128,60 metros cuadrados.

 La propuesta realizada por la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad consiste en suspender 25.989,32 metros cuadrados de suelo de las Normas Subsidiarias de San Bartolomé de Lanzarote, de titularidad municipal, para destinarlos a los siguientes usos: Centro de Educación Infantil y Primaria (13.170 metros cuadrados), Zona Verde (1.926), Vial 1 (1.971) y Vial 2 (4.782,90 metros cuadrados).

 Plan Especial del Paisaje Protegido de La Geria

 La Cotmac aprobó definitivamente y de forma parcial el Plan Especial del Paisaje Protegido de La Geria, suspendiendo la aprobación definitiva de determinaciones y áreas que, por considerarse modificaciones sustanciales, deben someterse a nuevo trámite de información pública. Igualmente, la Comisión aprobó la Memoria Ambiental del citado Plan Especial del Paisaje Protegido en los términos en que fue propuesta.

 Las determinaciones y áreas que deben someterse a nuevo trámite de información pública son, en cuanto a la zonificación, las ampliaciones de las Zonas de Usos Moderados de Montaña Blanca, Juan Bello, Volcán II (Igualén y El Alto) y la Zona de Uso Moderado de Guatisea.

 Los equipamientos estructurantes pasan a ser recategorizados, en su totalidad, como Suelo Rústico de Protección de Infraestructuras y Equipamientos y, en los asentamientos rurales de El Islote y Caldereta, se establece la unidad apta para edificación mínima de 500 metros cuadrados que figuraba en el documento aprobado inicialmente y se incorpora la ordenanza SRA-IB. Igualmente, en los asentamientos rurales de Mozaga y La Florida, se ha incorporado una nueva ordenanza SRA-IA, y se ha establecido la ordenación viaria de otros asentamientos.

 Según el acuerdo de la Cotmac, las áreas y determinaciones cuya aprobación definitiva ha resultado suspendida serán sometidas a nuevo trámite de información pública y audiencia, debiendo remitirse nuevamente para su resolución definitiva por la Cotmac en un plazo no superior a seis meses.

 La contestación a las alegaciones presentadas, que se resuelvan en los términos propuestos por la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Canarias, será notificada a cada uno de los interesados, ajustándose al contenido del acuerdo alcanzado. Igualmente el acuerdo será notificado a los Ayuntamientos de Yaiza, Tinajo, Tías, Teguise y San Bartolomé, así como al Cabildo de Lanzarote.

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