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Haría pone en marcha el Plan de Empleo 2019-2020

Las personas interesadas deberán ser mayores de 18 y menores de 65 años y presentar la solicitud antes del 29 de noviembre

 Las personas del municipio que se encuentren desempleadas o en riego de exclusión social pueden acogerse al Plan de Empleo 2019-2020 que pondrá en marcha el Ayuntamiento de Haría para la contratación temporal de personal, tras la adhesión de la institución al acuerdo marco de colaboración entre el SCE y la Federación Canaria de Municipios para el desarrollo de tareas de utilidad y reinserción social en el marco del Programa Extraordinario de Empleo Social para el periodo 2019-2020.

El objetivo es contratar a personas desempleadas y con escasos recursos económicos y que se ven privadas de los medios imprescindibles para cubrir su necesidades básicas, derivadas de la dificultad de acceso al mercado laboral por encontrarse en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

Se consigue así la reactivación laboral de los desempleados, realizando obras o servicios de interés general y social para trabajos de mantenimiento y reparación de espacios y equipamientos públicos municipales, así como de apoyo a los servicios públicos municipales.

Las personas interesadas en acogerse al Plan de Empleo deberán ser mayores de 18 y menores de 65 años y presentar la solicitud correspondiente, antes del 29 de noviembre, en el Registro General o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Haría. A dicha solicitud deberán adjuntar fotocopia del DNI, inscripción como demandante de empleo en el Servicio Canario de Empleo (SCE) con una antigüedad mínima de seis meses, certificado de empadronamiento en Haría con una antigüedad superior a seis meses, libro de familia, nivel de rentas de la unidad de convivencia (certificado de prestaciones, nóminas o cualquier documento que lo acredite), currículum vitae y cualquier otra documentación que estime oportuna para demostrar la situación de vulnerabilidad.

Tienen prioridad las personas desempleadas integrantes de unidades familiares en las que ningún miembro está percibiendo retribuciones o prestación alguna, no pudiendo seleccionar más de una persona por unidad familiar; personas en situación de desempleo de larga duración o en exclusión social o en riesgo de padecerla (personas sin recursos ni posibilidades de cubrir sus necesidades básicas, perceptores de rentas mínimas de inserción o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, ausencia de redes sociales, y familiares, personas sin vivienda o vivienda precaria o en riesgo de embargo, personas desempleadas por un periodo superior a 24 meses). Quedarán fuera del procedimiento de valoración las personas que no presenten la solicitud correspondiente con la documentación requerida.

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