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¿QUÉ ES UNA SUSPENSIÓN DE PAGOS, MARÍA DOLORES?

Para que lo sepa bien la propia presidenta del Cabildo y de los CACT, una suspensión de pagos no es una figura retórica para utilizar en un discurso demagógico y mucho menos por la persona que está comprometida a pagar los bienes y servicios que demande para la empresa que preside, hasta el punto de tener que declarar la suspensión de pagos para garantizar los derechos de los proveedores y acreedores.

Una suspensión de pagos, doña María Dolores Corujo, es una situación judicial en la que un comerciante o una empresa declara legalmente su incapacidad temporal para hacer frente al pago de las deudas contraídas previamente con sus acreedores. ¿Están o no están los CACT en una situación de suspensión de pagos? Ponga en “off” la versión de mitin o de verborrea y conteste sí o no y aporte el documento de la declaración judicial obligatoria para que se dé esta figura judicial. El lunes, en esa rueda de prensa que ha convocado, tiene una oportunidad histórica para dar a conocer “el papelito” judicial que avale su irresponsable ataque o de quedar como gran mentirosa. Ya sabe Dolores, aplícase el cuento, “cuando uno miente a la ciudadanía, pide perdón públicamente”.

Otra cosa muy distinta, y en la que sí podríamos estar de acuerdo, es que la presidenta quiera decir que al paso que va la ¿gestión? de Benjamín Perdomo, con declaraciones a la altura de la eufórica presidenta (ni que los dos recibieran instrucciones del mismo genio y socios “miedáticos” ¿o son mediáticos?), no se tardará mucho en llegar a la suspensión de pagos o, lo que es que peor, o a la quiebra, que no es lo mismo. En fin, usen términos como “gestión caótica” y esas cosas, que así critican a los anteriores sin dejar mal a la empresa y exponerse ustedes a quedar como verdaderos ignorantes.

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