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Yaiza anula las tasas por ocupación de terrazas y baja la presión fiscal en los tributos sobre construcciones y obras

El Ayuntamiento ya había suspendido el cobro a terrazas los años 2020 y 2021 y ahora deroga directamente la ordenanza. Óscar Noda declara que "el objetivo es favorecer a la pequeña y mediana empresa y seguir promoviendo la reactivación económica y la inversión privada tras el covid"

 El Ayuntamiento presidido por Óscar Noda adoptó decisiones significativas en materia fiscal en el Pleno de Yaiza celebrado este jueves, entre ellas, la reducción de la presión fiscal en las tasas por Servicios Urbanísticos, como puede ser la construcción o rehabilitación de viviendas, y en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), pero  además aprobó la derogación de la ordenanza reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa que la Administración ya había suspendido  los ejercicios 2020 y 2021, dentro de las medidas tributarias de flexibilización y reducción de la presión fiscal por la pandemia, por lo que terrazas y otros comercios se mantienen liberados de pagar dicha obligación.

Óscar Noda, alcalde de Yaiza y concejal responsable de Economía y Hacienda, asegura que "el objetivo es favorecer a la pequeña y mediana empresa y seguir promoviendo la reactivación económica y la inversión privada tras el covid. Los resultados de la gestión municipal nos permiten adoptar estas decisiones en beneficio ciudadano sin poner en riesgo la estabilidad presupuestaria y sin sacrificar nuestro ambicioso programa de ejecución de proyectos  que nos sitúa como el Ayuntamiento más inversor de Lanzarote, una vía más para jalonar la economía y conservar el empleo".

Cabe precisar que sigue vigente la ordenanza municipal de ocupación de espacios libres por prolongación de actividad autorizada en establecimiento principal, de tal forma que las instrucciones contempladas son de obligado cumplimiento. El Ayuntamiento de Yaiza recomienda a los emprendedores leer o repasar la Guía de Buenas Prácticas para el Uso del Espacio Público, un documento didáctico publicado en portada de www.yaiza.es con textos, planos y dibujos que facilitan la comprensión de toda la información.

Se trata de compatibilizar de la mejor forma posible el uso de los espacios públicos y  áreas peatonales y avenidas con la actividad comercial. En todo caso, ante cualquier duda el gobierno sureño sugiere consultar con la Oficina Técnica Municipal.

Menos tributos para construcciones y obras

El Ayuntamiento de Yaiza procedió a la aprobación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la Prestación de Servicios Urbanísticos. Desde que entre en vigor, después de superar el periodo de exposición pública,  la tasa de Servicios Urbanísticos sustituye la ordenanza de la tasa por licencia urbanística y la ordenanza de la tasa por apertura de establecimientos.

Los ciudadanos notarán la rebaja al momento de pagar ya que en líneas generales pasa del 2,6% al 1% del presupuesto de ejecución material (PEM) de la obra, es decir, se reduce en 1,6 puntos. Además, la base imponible pasa a ser el PEM y deja de ser la fórmula que anteriormente se aplicaba sobre el PEM y que implicaba que se viera incrementado en ese 2,6%. "Grandes inversores nos trasladaron esta inquietud y encargamos los estudios técnicos pertinentes para saber si podíamos satisfacer la demanda con el propósito de estimular una mayor inversión privada en nuestro municipio", apunta Óscar Noda. 

Se establecen cuotas fijas de 600 euros para construcción de vivienda familiar y de 40 euros para las comunicaciones previas. En el caso de reforma, restauración o rehabilitación, el tipo impositivo será del 0,6%.

El alcalde explica además que "aunque el tipo impositivo del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) pasa del 2,4% al 3,5% del coste de la obra, en la práctica, considerando la suma de tasa e impuesto, la presión fiscal al ciudadano se reduce en 0,5 puntos. Yaiza mantiene todas las bonificaciones fiscales, entre ellas, la deducción de la cuota íntegra del importe satisfecho en concepto de tasa por el otorgamiento de licencia urbanística, para aquellas construcciones relativas a primera vivienda que no supere los 200 metros cuadrados construidos.

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