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Código penal que te pego

 

Desde que tenemos uso de razón, el burro, además de la docilidad y el  trabajo con dureza, simboliza la ignorancia y la terquedad, pero también el nombre de este noble mamífero es palabra recurrente para el insulto o el menosprecio. Con la modernización del transporte, el uso del  tractor y la tecnificación de las tareas agrícolas, la especie está en vía de extinción en países desarrollados, naciones, se supone, con alto nivel de conocimientos y estándares educativos ambiciosos y seguros, cuyas sociedades, sin embargo, a veces muestran conductas sonrojantes, manifestaciones públicas de auténticas burradas, llegando al ensañamiento para deleitarse con el perjuicio y el dolor.

Aunque no hay que bajar la guardia con las campañas de sensibilización ciudadana en los propósitos de bienestar público, ya irrita la poca o nula atención de personas (no burros) desaprensivas, de cualquier edad, a las recomendaciones sanitarias o restricciones de obligado cumplimiento por la situación de pandemia.

Paso de mi columna ‘No hay otra, que nos toquen el bolsillo’, publicada en agosto pasado, a esta de ‘Código penal que te pego’, para los burros, podía añadir. El derecho penal está descrito como el último instrumento jurídico al que acudir para regular la convivencia. Y si nos referimos a la modificación del código penal, que casi siempre es para endurecer sanciones, nos adentramos en terrenos movedizos porque tocamos derechos tan sustanciales como la libertad.

En todo caso, ante los desmadres que vivimos en España y lo que estamos viendo en otros países europeos, la propuesta de modificar el código penal para castigar con multas, prisión y trabajos en beneficio de la comunidad  a quienes en situación de pandemia amenacen la salud pública, la vida de los demás, al menos debería ser estimada y analizada. Claro, primero hay que legislar.

Es paradójico, apenas hay consumo, cierran empresas, no hay trabajo, cae en picado el Producto Interior Bruto, crecen las estadísticas de familias vulnerables y en peligro de exclusión, y todavía para muchos, jóvenes y no jóvenes, siguen siendo exiguas multas de 100 y más cientos y miles de euros por contravenir restricciones mínimas como el uso obligatorio de mascarilla en lugares públicos, por no hablar de botellones y la organización y participación en fiestas ilegales sin medidas de seguridad.  Parece poco, incluso para los reincidentes, el régimen sancionador por incumplimiento de las medidas de prevención y contención frente al covid-19.

No es suficiente la lista interminable de contagios, ni siquiera el conteo de muertes diarias y menos el patatús del sistema sanitario, ni el clamor de los profesionales de la Sanidad. Sí, se acuerdan, aquellos que aplaudíamos en balcones y calles y llamábamos héroes por estar en primera línea de lucha contra el covid-19, que nunca han abandonado la zona de altísimo riesgo, pues  deben estar de nosotros hasta la coronilla por conductas irracionales.

Sus súplicas, está comprobado,  han servido de poco. La película que nos vendieron el año pasado de  que la pandemia ayudaría a “construir una mejor sociedad y más unida” quedó en verborrea barata y poesía cursi. La seña de identidad se puede resumir en menos solidaridad, más individualismo y me importa un pimiento los demás.

Los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, y sus instituciones, tendrían que adaptarse rápidamente en sus capacidades de hacer leyes, gobernar y juzgar y aplicar sanciones, respectivamente, a una situación excepcional de pandemia como la que nos cogió de sopetón y seguimos viviendo, y de pospandemia,  en la que aspiramos a situarnos pronto.  Además, nadie garantiza que en el futuro no nos enfrentemos a nuevas pandemias con altos índices de letalidad.

Desde su aprobación en el año 95, el actual código penal español ha sido modificado varias veces, pero su última gran reforma data de 2015 cuando se eliminó la diferencia entre delitos y faltas penales, pasando las faltas a denominarse delitos leves, que son conductas ilícitas que no son tan graves como un delito y se castigan con penas menores.

En 2007 hubo debate y todo un despliegue informativo y mensajes de concienciación a raíz de la modificación del código penal que introdujo nuevas incriminaciones, la ampliación de efectos penales y el aumento de sanciones económicas por delitos contra la seguridad vial. Aunque siguen existiendo temeridades, siniestralidad y víctimas, sí que nos espabilamos desde que supimos que una infracción de tráfico no se quedaba en una simple multa. Ser condenado de tres meses a cinco años de prisión ya es otro cuento. A que nos pensamos más exceder la velocidad máxima permitida, conducir bajos los efectos del alcohol o drogas o circular sin tener permiso de conducción. 

Seguro que nos pensaríamos mucho más en desafiar las restricciones de una pandemia si nos ponen enfrente multas cuantiosas, cárcel y/o trabajos comunitarios como barrer calles, adecentar jardines públicos o recoger basura de parajes naturales. También se lo pensarían más, cargos públicos, miembros de la cúpula militar y jerarcas de la Iglesia que, aprovechándose de su posición, se han saltado el protocolo establecido para vacunarse sin escrúpulos por delante de ciudadanos con mayor riesgo de contagio.

En las 1098 páginas del código penal y legislación complementaria publicadas en el Boletín Oficial del Estado, el 17 de diciembre de 2020, que incluye la última modificación del código, no aparece la palabra pandemia. Ya es hora  de que los poderes del Estado empiecen a legislar y  considerar mayor castigo para conductas irracionales propias de animales, con el permiso del burro.

elperiodicodelanzarote.com