LA AUDIENCIA ENTIERRA EN “JABLE” LAS EXPECTATIVAS DE ISABEL DÉNIZ Y FELIPE FERNÁNDEZ CAMERO CON UNA CONDENA DE MÁS DE DIEZ AÑOS DE PRISIÓN
- Redaccion
La Audiencia Provincial de Las Palmas notificó ayer, lunes 8 de enero de 2024, la sentencia que resuelve en primera instancia la presunta trama de corrupción político empresarial en Lanzarote conocida como caso Jable con nueve condenas a otros tantos acusados como autores de delitos de fraude o cohecho. Los hechos que motivan la sentencia se consumaron en la primera década del presente siglo.
La sentencia es contundente para los dos principales implicados, la ex alcaldesa de Arrecife María Isabel Déniz y el ex secretario del Ayuntamiento de Arrecife, Felipe Fernández Camero, que superan ambos los diez años de prisión, aparte de los correspondientes años de inhabilitación y multas por la comisión de media docena delitos. En el caso de María Isabel, la pena asciende a 10,5 años de prisión, inhabilitación y multa de 315.348, 22 euros por la comisión de los delitos de fraude a la administración, delito continuado de prevaricación, delito continuado de cohecho, delito de prevaricación administrativa y otro delito de cohecho. Además, su marido José Domingo Abreut Cabrera, ha sido condenado como partícipe a título lucrativo y debe responder hasta a cantidad de 141.000,00 euros.
En el caso de Felipe Fernández Camero la pena asciende a 10 años y 3 meses de prisión, inhabilitación y multa de unos 42.000 euros por la comisión de los delitos de fraude a la administración, cohecho, revelación de secretos, falsedad cometida por funcionario público e infidelidad en la custodia de documentos.
A Dimas Martín, que colaboró con la justicia y aceptó la pena, se le condena a 2,5 años de prisión y a una multa de 72.000 euros mientras que el ex jefe de la oficina técnica del Ayuntamiento de Arrecife, Juan Rafael Arrocha, tiene una pena de 5 años de prisión por la comisión de los delitos de fraude a la administración, prevaricación administrativa, cohecho continuado, revelación de secretos con grave daño y delitos de falsedad cometida por funcionario público.
La sentencia no es firme y es recurrible ante el Tribunal Supremo.