Las familias canarias pueden deducirse gastos de estudio y de guarderías en su IRPF
- Redaccion
Según explica el Gabinete de Estudios de AEDAF en su informe, las familias que lleven a sus hijos menores de tres años a la guardería pagarán hasta 400 euros anuales menos en su declaración de IRPF
La vuelta al cole conlleva una serie de gastos para las familias; sin embargo, hay que saber que existen deducciones aplicables en el IRPF en el archipiélago, según AEDAF, la Asociación Española de Asesores Fiscales.
En Canarias se contempla una deducción de 1.800 € por cada descendiente o adoptado soltero menor de 25 años que dependa económicamente del contribuyente y curse estudios superiores fuera de la isla en que resida habitualmente, con un límite del 40% de la cuota íntegra. La cuantía de la deducción se eleva a 1.600 € para los contribuyentes con una base liquidable inferior 36.300 €.
Los requisitos son:
- Que los estudios abarquen un curso académico completo o un mínimo de 30 créditos;
- Que en la isla de residencia del contribuyente no exista oferta educativa pública, diferente de la virtual o a distancia, para la realización de los estudios que determinen el traslado a otro lugar para ser cursados o no se haya alcanzado la nota para cursarla.
- Que el contribuyente no haya obtenido rentas en el periodo impositivo en que se origina el derecho a la deducción, por importe superior a 42.900 euros; en el supuesto de tributación conjunta, que la unidad familiar no haya obtenido rentas por importe superior a 57.200 euros.
- Que el descendiente que origina el derecho a la deducción no haya obtenido rentas en el periodo impositivo por importe superior a 8.000 euros o, cualquiera que sea su importe, rentas procedentes exclusivamente de ascendientes por consanguinidad o de entidades en las que los ascendientes tengan una participación de un mínimo del 5 por 100 del capital, computado individualmente, o un mínimo del 20 por 100 computado conjuntamente los ascendientes.
- Cuando varios contribuyentes tengan distinto grado de parentesco con quien curse los estudios que originan el derecho a la deducción, solamente podrán practicar la deducción los de grado más cercano.
- Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a esta deducción y no opten o no puedan optar por la tributación conjunta, la deducción se prorrateará entre ellos.
En cuanto a los gastos de guardería, en Canarias son deducibles el 18% hasta los 480 euros y los requisitos son los siguientes:
- Podrán aplicarse la deducción los progenitores o tutores con quienes convivan los niños menores de tres años.
- Se asimila a descendientes aquellas personas vinculadas con el contribuyente por razón de tutela o acogimiento no remunerado, en los términos previstos en la legislación vigente.
- El gasto de guardería se deberá justificar a través de factura que debe cumplir todas las condiciones establecidas en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. La factura recibida por el contribuyente deberá conservarse durante el plazo de prescripción, admitiéndose copia de la misma en el supuesto de que dos o más contribuyente tengan derecho a la deducción y no opten, o no puedan optar, por la tributación conjunta.
- Que ninguno de los contribuyentes haya obtenido rentas por importe superior a 42.900 euros en el periodo impositivo. En el supuesto de tributación conjunta, este requisito se entenderá cumplido si la renta de la unidad familiar no excede de 57.200 euros. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la deducción y no opten, o no puedan optar, por la tributación conjunta, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.
- En el periodo impositivo en el que el menor cumpla 3 años, se calculará de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos.
Por último, los gastos de estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio también son deducibles, en concreto los gastos de material escolar, libros de texto, transporte y uniforme escolar, comedores escolares y refuerzo educativo. Hay un límite de 120 euros por el primer hijo y 60 € adicionales por cada uno de los siguientes, con los siguientes requisitos:
- Que los descendientes o adoptados den lugar a la aplicación del mínimo por descendiente.
- Que el contribuyente no haya obtenido rentas en el periodo impositivo en que se origina el derecho a la deducción, por importe superior a 42.900 euros; en el supuesto de tributación conjunta, que la unidad familiar no haya obtenido rentas por importe superior a 57.200 euros.
- El gasto se deberá justificar a través de factura que debe cumplir todas las condiciones establecidas en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. La factura recibida por el contribuyente deberá conservarse durante el plazo de prescripción, admitiéndose copia de la misma en el supuesto de que dos o más contribuyentes tengan derecho a la deducción y no opten, o no puedan optar, por la tributación conjunta.
- Cuando varios contribuyentes tengan distinto grado de parentesco con quien curse los estudios que originan el derecho a la deducción, solamente podrán practicar la deducción los de grado más cercano.
- Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a esta deducción, la deducción se prorrateará entre ellos por partes iguales.
AEDAF
Fundada en 1967, la Asociación Española de Asesores Fiscales es una entidad que aporta valor a la sociedad y a los ciudadanos en su labor de asesoría y defensa del contribuyente, así como a las instituciones a través de su análisis y reflexión de las actuaciones públicas en materia fiscal, con el fin de mejorar el sistema tributario español. AEDAF es la mayor asociación de profesionales dedicados al asesoramiento tributario, agrupando en la actualidad a más de 3.300 abogados, economistas, licenciados en administración y dirección de empresas, y titulados mercantiles y empresariales.