En vista de la nota de prensa difundida por el Cabildo de Lanzarote este lunes 19 de agosto sobre el hotel Papagayo Arena de Playa Blanca, que en uno de sus subtítulos dice: "en el informe aprobado por el Consejo de Gobierno se advierte a la propiedad de dicho hotel que la autorización turística provisional está sujeta a la obtención de la correspondiente licencia urbanística municipal, así como a la autorización preceptiva de Costas", el Ayuntamiento de Yaiza aclara que la Ley 2 / 2013, de 29 de mayo, de Renovación y Modernización Turística de Canarias, en su Artículo 4, apartado 1, deja constancia que "con carácter general la implantación de nueva oferta alojativa turística en el caso de traslado de la capacidad de alojamiento en las islas de Lanzarote, Fuerteventura, Gran Canaria y Tenerife, queda expresamente sometida a autorización previa habilitante de los respectivos cabildos insulares. Asimismo, la autorización previa será exigible en las misma islas para las renovaciones y ampliaciones que conlleven incremento de plazas del propio establecimiento turístico, cuando así lo exija expresamente la normativa territorial a nivel insular".