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VOX pide que se bonifique “casi en su totalidad” el impuesto de plusvalía de Arrecife

Eugenio Hernández recuerda que el Ayuntamiento de la capital “mantiene criterios derogados a la hora de notificar la liquidación al contribuyente”

 Los dos concejales de VOX en el Ayuntamiento de Arrecife, Eugenio Hernández y Jorge Enrique Barrios, continúan mostrando su intención de aportar de forma constructiva cuestiones que puede y debe desarrollar el actual Gobierno de la capital para seguir mejorando la calidad de vida de los vecinos de la tercera capital del Archipiélago. A pesar de las dificultades que han encontrado desde el comienzo del actual mandato para ejercer su función en la oposición, y de acuerdo con los artículos 97.3 y 91.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R.D.2568/1986 de 28 de noviembre, han presentado una nueva moción para su discusión y aprobación en el próximo pleno ordinario para que el famoso Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), más conocido como la “plusvalía municipal”, se bonifique casi en su totalidad a los vecinos, en un 99,9 por ciento. No comprenden cómo en uno de los territorios de Canarias donde mayor presión se ejerce sobre el contribuyente no se estén teniendo en cuenta factores que redunden en una mejor calidad de vida de la gente, que los diferentes gobiernos que han pasado por la ciudad no hayan pensado nunca en los vecinos y sí en un mal entendido afán recaudador.

En su moción, VOX recuerda que se trata de un impuesto de ámbito municipal que grava el incremento de valor que experimentan los terrenos de los ciudadanos, creado como consecuencia de la transmisión de la propiedad de los mismos, ya sea a título oneroso o lucrativo, inter vivos o mortis causa, así como cuando se constituye o transmite cualquier derecho real de goce limitativo del dominio. “Es un impuesto en el que subyace una doble imposición y parte de una injusticia intrínseca, tal y como se genera la cuota del mismo para el sujeto pasivo al gravar en exceso la transmisión de bienes inmuebles porque durante años ha partido de una premisa falsa y en un mismo plano que el impuesto de Sucesiones o Donaciones, declarado injusto por el TJUE y algunas Comunidades Autónomas e inconstitucional por el Tribunal Constitucional, que en su sentencia Número 59/2017 declaraba inconstitucional y nulo el régimen de cuantificación del tributo”, recuerda el portavoz municipal, Eugenio Hernández.

La formación detalla que en la sentencia del Alto Tribunal 126/2019 también se declara que el tributo era nulo e inconstitucional en aquellos supuestos en los que la cuota a pagar por el impuesto es superior al incremento patrimonial obtenido por el contribuyente. Asimismo, en su sentencia número 182/2021 el Constitucional declaró la nulidad e inconstitucionalidad de los preceptos encargados de regular la base imponible del tributo, impidiendo su liquidación, comprobación, recaudación y revisión, y, por tanto, su exigibilidad. “Por su parte, el Real Decreto Ley 26/2021 introdujo un sistema opcional de cálculo de la base imponible, y un supuesto de no sujeción para aquellos casos en que se constate que no existe incremento de valor, pero que el Ayuntamiento de Arrecife no está llevando a cabo, dado que mantiene criterios derogados a la hora de notificar la liquidación al contribuyente”, remarca Hernández.

Con estos claros antecedentes, sorprendidos incluso de que hasta la fecha todo esté siempre en el aire sin tener en cuenta las cargas que sufren ya los vecinos, VOX reclama que el Ayuntamiento de Arrecife bonifique con el 99,9% del impuesto de plusvalía (IIVTNU) de los bienes tanto en las transmisiones patrimoniales como de sucesiones y donaciones a los contribuyentes residentes en el municipio.

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